jueves, 1 de diciembre de 2011

ORGANIGRAMA DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

El desarrollo organizado de la cría aficionada de las diferentes especies y variedades de aves exige, teniendo en cuenta el número de aficionados afiliados que componen las organizaciones federadas, unas estructuras organizativas que regulen el funcionamiento administrativo, técnico, y el cumplimiento de las normativas, ya sean internas, nacionales o internacionales. Estas estructuras podemos definir las de la forma siguiente:
1.- El criador.
 Es el elemento de base de toda organización y supone el potencial humano necesario para el desarrollo de esta actividad. Debe ser, ante todo, un amante de los pájaros y desarrollar su actividad de aficionado, con respeto y defensa de Naturaleza. El hobby de la práctica de la cría supone destinar gran parte del tiempo libre y mucha constancia y dedicación en el cuidado y mantenimiento de los pájaros. Debe ser consciente que solamente efectuando una rigurosa selección de sus ejemplares puede conseguir la mayor aproximación de estos al estándar establecido para la especialidad a la que se dedica. El desarrollo de la actividad de cría en cautividad, podemos afirmar, que supone un gran potencial genético, ya que en los criaderos de los aficionados de todo el mundo se reproducen anualmente millones de pájaros de las más variadas especialidades (canarios en todas sus variedades, fauna, exóticos, psitácidos, etc.) tanto en fenotipos clásicos como en las innumerables mutaciones existentes las cuales, normalmente, no podrían subsistir en libertad. En muchos casos no existirían las variedades que actualmente podemos disfrutar si no se hubieran reproducido en cautividad, ya que se han obtenido mediante la selección y afortunados cruces realizados por los criadores. Los ejemplares criados en cautividad actualmente suponen una reserva de genes que, si fuese necesario, pueden ser utilizados para devolver a la Naturaleza ejemplares de alguna especie que se encuentre en peligro de extinción. Asimismo supone también un enorme potencial de material, teniendo en cuenta el elevado número de aficionados que la practican, y que precisan de unas instalaciones, equipamientos, material específico y diversos tipos de alimentación para sus ejemplares, que son adquiridos en los comercios especializados del sector, constituyendo un elevado porcentaje de su actividad comercial.
2.- La Asociación.
 Los criadores se agrupan y constituyen las asociaciones con el fin de poder desarrollar su afición en un ámbito organizado que les proporcione poder relacionarse con otros aficionados, creando incluso vínculos de amistad, buscando información técnica y práctica, disponer de anillas federadas para el marcaje de sus ejemplares, participación en concursos, etc. Las asociaciones funcionan en régimen de altruismo y amateurismo, sin ánimo de lucro, al estar sujetas a las disposiciones y reglamentaciones que, a nivel legal (Código Civil), regulan el funcionamiento de este tipo de entidades sin fines de lucro.
SIGNIFICADO DE ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO:
Se denomina asociación civil a aquella entidad privada sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica plena integrada por personas físicas para el cumplimiento de fines culturales, educativos, de divulgación, deportivos o de índole similar con el objeto de fomentar entre sus socios y/o terceros alguna actividad social.
PERSONALIDAD JURÍDICA: Se entiende por personalidad jurídica aquella por la que se reconoce a una persona, entidad, Asociación, Federación, Confederación o empresa, con capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros. La personalidad jurídica, pues, no coincide necesariamente con el espacio de la persona física, sino que es más amplio y permite actuaciones con plena validez jurídica a las entidades formadas por conjuntos de personas o empresas. Son las encargadas de facilitar a sus afiliados las normativas que se establezcan desde instancias superiores (Jerarquía Ornitológica) y transmisoras de las anillas de cría, carnets de criadores nacionales, etc. De forma anual deberían organizan un Concurso-Exposición, como máximo exponente de sus fines, destinado a que los aficionados puedan presentar sus ejemplares y, mediante la valoración y calificación otorgada por los jueces actuantes (Legalmente recocidos por la O.M.J -COM.), comprueben la calidad (virtudes o defectos) de los ejemplares que han presentado y evaluar el nivel de su criadero. Estos certámenes deben ser una motivación especial para el criador, ya que se trata de desarrollar una actividad deportiva y competitiva que le incite a mejorar la calidad de sus líneas de cría por comparación con las de otros aficionados y, a la vez, son un foro de encuentro donde poder contactar con otros criadores, intercambiando ejemplares y conocimientos sobre las diferentes especialidades. Asimismo son un escaparate abierto al público en general donde pueden encontrar variedades o especies de aves que, probablemente, no pueden observar en su medio natural. También deben estar orientadas a inculcar el respeto a la Naturaleza, con mayor incidencia hacia los jóvenes que son el futuro de la actividad. La organización y desarrollo de los concursos está sujeta a una reglamentación de carácter internacional (La COM. O.M.J), que puede ser adecuada a las disposiciones legislativas estatales o Nacionales. La participación de ciertas especies estará condicionada a las disposiciones legales existentes. En el ANEXO I se mencionan ciertas normas mínimas, a cumplir en el desarrollo de los concursos que organicen las entidades afiliadas a F.C.V. Las asociaciones se afilian a una Federación, de ámbito regional o nacional, para el desarrollo de sus actividades en colaboración con el resto de asociaciones afiliadas.
3.- La Federación.
 El marco de sus derechos de una asociación sin fines de lucro son establecidos en el Código Civil, "TOMADO: CÓDIGO CIVIL (Comentado) Edición Juan Garay", Reedición Septiembre 2010. En sus Artículos 12, 13, 19. La legislación en pleno ejercicio determina los requisitos previos, además de condiciones en cuanto a objetivos, regulación interna y disolución. En líneas generales la mayor parte de las normas requieren:
1.- Que haya un número mínimo de miembros para su constitución.
2.- Que el acta de su creación y sus estatutos sean Registrados y protocolizados en la Oficina de Registro respectiva.
3.- Que las normas internas de funcionamiento establezcan, al menos, un Presidente, un órgano ejecutivo de dirección y una asamblea general compuesta por todos los miembros.
4.- Que el procedimiento de elecciones internas se ajuste a un mínimo de reglas democráticas.
5.- Que exista una contabilidad de libre acceso a los socios y la administración, con sus respectivos inventarios de bienes actualizados.
6.- Que se determine el destino de los bienes propios en caso de disolución.
7.- Que tenga su Registro de Información Fiscal. (R.I.F.).

IMPORTANTE: El desconocimiento de estas normas no la exceptúan de su cumplimiento a ninguna Asociación, Federación y Confederación.
Las Federaciones, están constituida por las asociaciones afiliadas (No criadores) las cuales, mediante los acuerdos adoptados en Asamblea General, marcarán las directrices, normativas de funcionamiento de régimen interior y las actividades a realizar por la misma. Algunas federaciones de ámbito nacional constituyen filiales Regionales a fin de coordinar las actividades de las entidades locales situadas en los límites de su actuación, ya sean estadales o regionales. Para el cumplimiento y desarrollo de sus fines la Asamblea General elige una Junta Directiva que será la encargada de la administración de la Federación y de llevar a efecto el cumplimiento de sus Estatutos y los acuerdos adoptados en Asamblea General. Para el desarrollo de sus actividades las entidades miembros abonan una cuota anual, en la cuantía establecida por la Asamblea General. Es la encargada de tramitar y facilitar a las entidades afiliadas la documentación o medios necesarios para el desarrollo de las actividades de cría de los asociados: carnets de criador nacional, las anillas federadas para el marcaje de los pájaros, revistas o publicaciones que se puedan editar, etc. Los carnets de criador nacional serán expedidos por la Directiva de la Federación asignando un número de orden a cada criador. Este número será personal e intransferible (salvo casos muy concretos recogidos en la Normativa correspondiente), y constará de solamente cifras numéricas o siglas alfabéticas seguidas de cifras numéricas, según exija la cantidad de carnets que sea necesario expedir. Este número asignado al criador constará en las anillas federadas que solicite para el marcaje y control de sus ejemplares. En la documentación administrativa de la Federación figurará un registro o censo de criadores nacionales en el que constará la identidad de cada criador, el número asignado y las bajas que se produzcan. El marcaje de los pájaros es tan necesario y de tal importancia para el desarrollo de nuestra actividad, que merece ser tratado y reglamentado de forma independiente para conocimiento y cumplimiento por las asociaciones y criadores. La Federación dispondrá de un registro de las anillas tramitadas a los criadores de las asociaciones afiliadas. La Federación contará para el desarrollo de sus fines con cuántos órganos se consideren necesarios por la Asamblea General. De esta forma contará con el Colegio Oficial de Jueces como órgano técnico para la realización de las actividades de carácter pedagógico y para llevar a cabo las funciones de enjuiciamiento (valoración y calificación) de los ejemplares presentes en los concursos. Los jueces son criadores que cumpliendo las condiciones establecidas en el Reglamento del Colegio y lo establecido por ORDEN MUNDIAL DE LOS JUEZ-EXPERTOS OMJ en su Reglamento para los EXÁMENES DE LOS CANDIDATOS JUECES OMJ y tras superar una prueba o test de aptitud, y abonar una cuota por matriculación en el curso de capacitación y derechos de examen, realizan un curso de capacitación con los profesores de la Escuela de Ornitología del Colegio Oficial de Jueces a fin de obtener los conocimientos técnicos necesarios sobre la especialidad que elijen. Una vez finalizado el curso deben superar unas pruebas teóricas y prácticas, para obtener su título y acreditación de juez nacional. El Colegio Oficial de Jueces ejercerá sus funciones de conformidad con lo establecido en la normativa de su Reglamento de  Régimen Interior y lo dispuesto en los Estatutos de la Federación a la que pertenezca, que tendrán consideración de norma de rango superior.
4.- La COM. Nacional.
Es un organismo constituido por las diferentes federaciones, ya sean regionales o nacionales. La Confederación Ornitológica Mundial (COM.) reconoce una única representación por país como interlocutor ante la misma. Para esto, en nuestro País, al tener un sistema de organización plurifederal se ha constituido un organismo nacional con la denominación COM. /Venezuela, que se regirá por un Reglamento de Régimen Interior. Es urgente reactivarla ya que estar virtualmente excluida de la COM. Mundial.
Una vez reactivada la COM. Venezuela, se oficializara el ingreso a cada Federación y se le asigna una sigla (YV) seguida de un número ordinal, que servirá como distintivo identificador de cada Federación y que deberá constar en las anillas tramitadas a los criadores para que las mismas reúnan la condición de “anillas federadas C.O.M”, y tengan validez para poder participar con sus ejemplares en los diferentes certámenes ornitológicos de ámbito local, nacional, internacional o mundial.
En la COM. Mundial cada país miembro dispone de su propio distintivo. Por ejemplo: E – España; P – Portugal; I – Italia; B – Bélgica; F – Francia; NL – Holanda; D – Alemania; CH – Suiza; GB – Gran Bretaña; A – Austria; BR – Brasil; CO – Colombia; YV - Venezuela; etc.
Los representantes de estas federaciones forman el Comité Directivo COM. Venezuela, que velará y defenderá los intereses de todos los criadores venezolanos. De entre estos representantes, con la excepción del Secretario General, se designa el Comité Directivo que es el encargado de la administración, funcionamiento y desarrollo de actividades acordadas en Asamblea.
Para el desarrollo de sus actividades las federaciones miembros abonan una cuota anual en la cuantía que en Asamblea se establezca, dependiendo de las necesidades de cada momento.
Las principales funciones del Comité Director COM. venezolano son:
- La representación oficial de las entidades miembros de pleno derecho ante la COM. Mundial y la O.M.J./COM.
- Organizar y desarrollar la participación de los aficionados venezolanos en los Campeonatos Nacionales y Mundiales.
- Canalizar la solicitud ante la O.M.J./COM. , garantizándose según el Reglamento de la O.M.J-COM. , la presentación de exámenes de los candidatos a jueces O.M.J de las diferentes especialidades para obtener su título y acreditación de juez nacional, o juez internacional O.M.J-COM, que como norma debe presentar una copia del mismo ante la Comisión Técnica encargada de vigilar el cumplimientos de las normas OMJ-COM para la organización de los Concursos y que los resultados de los mismos sean reconocidos por el CD.OMJ-COM.
- Designar los jueces internacionales que asistan a los congresos técnicos que la O.M.J. /COM., de las diferentes especialidades.
- Canalizar la presentación ante la COM. y la O.M.J. /COM. de las proposiciones y sugerencias que provengan de las federaciones miembros de pleno derecho, ya sean de carácter administrativo o técnico.
- Presentar a las directivas de la COM. y de la O.M.J. /COM. las candidaturas de sus representantes a los cargos vacantes o reelegibles.

5.- La COM. Mundial.
La Confederación Ornitológica Mundial es un organismo internacional de reagrupamiento cuya vocación es la de coordinar la actividad de cría y el estudio de los pájaros domésticos.
Es el órgano máximo de representación y dirección de las organizaciones propias de cada uno de los países adheridos. Fundada en 1956 está integrada actualmente por 39 países repartidos en Europa y América del Sur mayoritariamente, teniendo también países adheridos en Asia y América del Norte. Su sedes social está en la Haya y la lengua oficial es el francés. Las entidades nacionales abonan una cuota anual a COM. Mundial, de obligatoria cancelación el primer trimestre de cada año, la violación de esta norma por dos años consecutivo genera la exclusión automática del País deudor, su reinscripción genera la perdida de todos los beneficios logrados antes de la aplicación de la medida.
Para su funcionamiento la COM. cuenta con el organigrama siguiente:
- Comité Director de la COM.
Tiene a su cargo las cuestiones de dirección, administración y control de la Confederación, y las relaciones con los países afiliados. Está compuesto por varios miembros, con diferentes funciones  asignadas a cada uno de ellos.
- Comité Ejecutivo de la O.M.J./COM.
Es responsable de las cuestiones de carácter técnico y tiene a su cargo los asuntos de orden técnico que traten de la cría y de las exposiciones, así como las proposiciones de calificaciones, restablecimiento de los estándares de las diferentes especialidades, etc. La Organización Mundial de Jueces asegura el nivel de formación y de control de los conocimientos de los jueces habilitados a enjuiciar los pájaros presentes en las manifestaciones internacionales. Supervisa, igualmente, la regularidad de estas manifestaciones y en particular aquellas de los Campeonatos de Mundo que se celebran anualmente.
- La Comisión Ornitológica Mundial de Protección de las Especies (C.O.M.P.E.)
Es la encargada de las cuestiones de proteccionismo de las especies, de la orientación y la coordinación de las actividades en este aspecto y de la aplicación de los textos legislativos (Leyes que regulan la ornitología), así como de la reagrupación de las estadísticas de cría, en particular aquellas relativas a las especies amenazadas en su medio natural


                      EXPLICACIÓN DIDÁCTICA DE INTERES GREMIAL.
Realizada por la Junta Directiva, periodo 2.011-2.014, integrada por FHANDOR JOSÉ QUIROGA SANCHEZ, Presidente; Como Vicepresidente ALBERICO MARTÍNI STELLUTO; Como Secretario JESÚS ANTONIO MORILLO DE LA FUENTE; Como Tesorero JOEL JOSÉ SEQUERA; Como Primer vocal OSCAR VICENTE SEQUERA Como Segundo vocal NELSON GERARDO GUEDEZ GARCÍA. Como un aporte gremial, al conocimiento de las Normas Jurídicas que rigen la Canaricultura y la Ornitología moderna mundial.
Barquisimeto; mes de julio de 2011.
Documento Certificado: De acuerdo a los Estatutos vigentes, por el Secretario Jesús Antonio Morillo de La Fuente. En Barquisimeto a los Dieciséis días del mes de Junio del 2011.



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