martes, 27 de marzo de 2012




La paradoja de los Jueces Venezolanos en Ornitología.



Al iniciar nuestro período Directivo 2011-2014;  La Directiva en pleno se comprometió a cumplir y hacer cumplir los Estatutos de la FCV, sus Reglamentos, los de la COM y el Reglamento que tutela a la OMJ-COM. Además, un llamado muy importante a las Directivas de las Federaciones Venezolanas ha ponernos de acuerdo para reactivar la COM-Venezuela con el fin de actualizar la Jerarquía Ornitológica, de acuerdo a lo establecido dentro del marco jurídico de la COM y la Organización Mundial de Jueces (OMJ), se inicio la labor gremial con la revisión de los  Estatutos de las Asociaciones de base, con el fin de actualizar los Estatutos de las Federaciones, esta revisión se baso en verificar si cada institución gremial estaba debidamente Registrada y si sus Directiva estaban formalmente protocolizadas en las oficinas de Registro respectivas, con el fin de darle legalidad a la Jerarquía Ornitológica que hasta la presente fecha no cumplían con lo establecido en el Código Civil que rige a las Asociaciones sin fines de lucro. Cumplida en parte con esta etapa, se nombro una comisión encargada de verificar el porque en las Listas de Jueces OMJ-COM no aparecían Venezuela, si aquí en nuestros Concursos Anuales se emitían fichas firmadas por presuntos Jueces OMJ-COM, además estos jueces habían formados a otros. Se solicito la información a la OMJ-COM, y se les notifico atreves de un email, al Presidente de la FOV y de la AVC, enviado por el reelecto en el Mundial de España, el distinguido Señor Maurici LEVEL, miembro responsable de los   "Canarios de Canto",  secciones (A,B,C)


EMAIL OFICIAL ENVIADO DE LA OMJ. COM A LOS PRESIDENTES DE LA FOV. Prof. CARLOS GONZALEZ Y LA AVC Tsu. JESÚS MORILLO DE LA FUENTE. DONDE SE INFORMA OFICIALMENTE QUE HACE 12 AÑOS LOS JUECES DE LAS SECCIONES DE CANTO B Y C FUERON EXCLUIDOS DE LA ORDEN MUNDIAL DE JUECES OMJ-COM.

Miembro responsable "canarios de canto, las secciones (ABC). 

Maurice LEVEL.

57, Rue du Maréchal des Bouffers 57, Rue du Marechal de Boufféré  

F - 60380 SONGEONS - France F - 60380 Songeons - Francia 

Tél.: 00-33. Tel:. 00-33. 3.44.82.97.58 / Fax : 00-33. 3.44.82.97.58                    E-mail: mt.level@wanadoo.fr  mt.level@orange.fr

From: mt.level@orange.fr

To: carlos_mgonzalez@hotmail.com

CC: jesusmorillo01@hotmail.com

Subject: Radiation O.M.J.

Date: Thu, 16 Jun 2011 10:21:12 +0200
Messieurs les Présidents,
Je soussigné, Monsieur Maurice LEVEL Responsable sections A, B, C   O.M.J  C.O.M.
Certifie exact que Messieurs Luis Adolfo FERRO et Rafaël LAMEDA RANGEL ont été radiés le l’Ordre Mondial des Juges  en janvier 1999.
 Salutations distinguées
 Maurice LEVEL
Responsable sections A, B, C   OMJ  COM


TRADUCCIÓN DE EMAIL ENVIADO POR:
 Maurice LEVEL Miembro responsable OMJ-COM "canarios de canto, las secciones (ABC).


To: carlos_mgonzalez@hotmail.com

CC: jesusmorillo01@hotmail.com

Subject: Radiation   OMJ

Date: Thu, 16 Jun 2011 10:21:12 +0200
FW: Oficio OMJ
Señores  Presidentes, El abajo firmante, Sr. Maurice LEVEL Responsable secciones A, B, C.    O.M.J  C.O.M.
Certifica, exactamente que los Señores  Luis  Adolfo FERRO y   Rafael LAMEDA RANGEL se eliminaron y fueron excluido   de la  Orden Mundial de los Jueces en enero de 1999.
Saludos distinguidos
Maurice LEVEL
Responsable secciones A, B, C. OMJ COM.


Al conocerse esta realidad en la Ornitología Venezolana, se levanto una gran controversia en contra de la FCV Y la FOV, cuando  las actuales  Juntas Directivas  no somos culpables de lo  sucedido hace doce (12)años  en la OMJ; Los jueces fuero excluidos por violar las normas OMJ-COM y supuesta mente nadie sabia. Al leer este email y el Reglamento de la OMJ, nos daremos cuenta que debemos hacer para ponernos de acuerdo y resolver el problema que no es de la COM., es de nosotros. Esto no se va a resolver haciendo concursos, donde las fichas que se emiten son firmadas por los presuntos jueces que no tienen ninguna cualidad como tal, según las Norma COM. Los invitamos a los que no están de acuerdo con nuestros planteamientos gremiales, a pedir información al Comité Directivo COM (CD COM.) sobre cuantos Jueces tiene Venezuela y cuando  reciban la repuesta, analicen que debemos hacer para cumplir con las Normas COM y las de la OMJ.
Con estos hechos, se inicia una nueva etapa en la Jerarquía Ornitológica Venezolana, que es la de reconocer que la máxima autoridad en esta materia la representa la CONFEDERATION ORNITHOLOGIQUE MONDIALE, como lo establece en sus Estatutos en sus Artículo 7:  Los miembros; Artículo 8: Admisión de los países miembros; Artículo 9: Obligaciones.

Debido a estos Hechos, queremos dejar claro, que no estamos en contra de ninguna Directiva legalmente constituida y de nadie en particular, lo que se queremos dejar claro que estamos a favor de cumplir y hacer cumplir la NORMATIVA LEGAL QUE ESTABLECE LA JERARQUÍA ORNITOLÓGICA VIGENTE REPRESENTADA POR LA COM Y LA OMJ. , la cual como Directivos estamos obligados a cumplir y hacer cumplir, sin amiguismo y violación a las normas establecidas.
A raíz de estos hechos nace lo que hemos llamado gremialmente:

La paradoja de los Jueces Venezolanos en Ornitología.
A continuación se desarrolla una explicación de esta conducta, la cual nuestra incipiente Jerarquía Ornitológica va ha superar con éxito, como otros países miembros de la COM lo han hecho, por el bien de la Ornitología organizada  moderna en su país y la  Mundial; de la cual formamos parte y nos vamos ha integrar legalmente sin violar ninguna Ley vigente.
A continuación la explicación   técnicamente de esta experiencia: Etimológicamente “paradoja” significa “contrario a la opinión”, esto es, “contrario a la opinión recibida y común”. Cicerón decía que lo que los griegos llaman paradoja “lo llamamos nosotros cosas que maravillan”. La paradoja maravilla porque propone algo que parece asombroso que pueda ser tal como se dice que es. A veces se usa “paradoja” como equivalente a “antinomia”; más propiamente se estima que las antinomias son una clase especial de paradojas, a saber, las que engendran contradicciones no obstante haberse usado para defender las formas de razonamiento aceptadas como válidas. Diccionario de Filosofía abreviado, José Ferrater Mora, Edhasa, 1990.
El termino paradoja viene del griego (para y doxo) y significa “más allá de lo creíble”. En la actualidad la palabra “paradoja” tiene numerosos significados: 1.- Afirmación que parece verdadera pero es falsa. 2.- Cadena de razona miento aparente impecables, que conducen sin embargo a contra dicciones lógicas. (Las paradojas de esta clase suelen llamarse falacias.) 3.- Declaración cuya veracidad o falsedad es indecibles. 4.- Verdad que se vuelve patas arribas para llamar la atención.
5.-PARADOJAS SEMÁNTICAS: LA PARADOJA DEL MENTIROSO. 
Marta Macho Stadler (*)
Fijé monos en la siguiente sentencia:
L: Lo que estoy diciendo ahora es falso.
Si L es verdad, es falsa, y si es falsa, es verdad. ¿Es esto paradójico? Tenemos dos afirmaciones condicionales:
(1) si L es verdad, entonces es falsa;
(2) si L es falsa, entonces es verdad.
Asumiendo que cuando algo es falso no es verdad, y que todo lo que es verdad no es falso, (1) y (2) quedan:
(1*) si L es cierta, entonces no es cierta;
(2*) si L es falsa, entonces no es falsa.
Existe un principio de razona miento llamado consequentia mirabilis: el principio dice que si algo implica su propia negación, se puede inferir su negación. Ambas (1*) y (2*) dan argumentos para este principio. La sentencia (1*) nos asegura que L es cierto, implica su negación; luego el principio nos lleva a inferir que L es no cierto. Y (2*), de manera exactamente paralela, no lleva a inferir que L no es falso. Así que un razonamiento estándar nos garantiza que L es no cierto y no falso. Luego L no es cierto ni es falso. ¿Es esto paradójico?
No, excepto si se admite un principio de bivalencia, un principio que dice, de manera esquemática, que toda sentencia es cierta o falsa.
¿Es todo principio de bivalencia cierto? Las preguntas se expresan en sentencias, pero no toda pregunta es o bien cierta o bien falsa. Supongamos entonces que restringimos el principio únicamente a sentencias declarativas... aún hay contra ejemplos: reconsideremos la sentencia.


Realizado por la Junta Directiva,
Periodo 2.011-2.014, integrada por FHANDOR JOSÉ QUIROGA SANCHEZ, Presidente; Vicepresidente ALBERICO MARTÍNI STELLUTO; Secretario JESÚS ANTONIO MORILLO DE LA FUENTE; Tesorero JOEL JOSÉ SEQUERA; Primer vocal OSCAR VICENTE SEQUERA Segundo vocal NELSON GERARDO GUEDEZ GARCÍA. Como un aporte al cocimiento de la realidad gremial venezolana,  Editado el 17-03-2012.



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